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Fecha y hora oficial

La fecha y hora que se considera legalmente válida para cualquier trámite realizado desde esta Sede electrónica es la que aparece en la propia Sede, independientemente de la configuración del dispositivo desde el que acceda.

Esta información está sincronizada con el servicio oficial del Real Observatorio de la Armada, lo que garantiza su fiabilidad y precisión.

Normativa aplicable

  • Artículo 31.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas:
    "El registro electrónico de cada Administración u Organismo se regirá, a efectos de cómputo de los plazos, por la fecha y hora oficial de la Sede electrónica de acceso, que deberá contar con las medidas de seguridad necesarias para garantizar su integridad y figurar de modo accesible y visible".
  • Artículo 15.2 del Real Decreto 4/2010, de 8 de enero:
    "La sincronización de la fecha y la hora se realizará con el Real Instituto y Observatorio de la Armada, conforme a lo establecido sobre la hora legal en el Real Decreto 1308/1992, de 23 de octubre".